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dc.contributor.authorFedesarrollo
dc.date.accessioned2015-12-06T17:27:31Z
dc.date.accessioned2016-01-21T02:10:00Z
dc.date.accessioned2017-04-19T17:24:32Z
dc.date.accessioned2017-06-17T19:55:08Z
dc.date.available2015-12-06T17:27:31Z
dc.date.available2016-01-21T02:10:00Z
dc.date.available2017-04-19T17:24:32Z
dc.date.available2017-06-17T19:55:08Z
dc.date.issued1997-09
dc.identifier.citationCoyuntura Económica. Vol. XXVII, No. 3, Septiembre de 1997, pp. 49-77. Fedesarrollo, Bogotá - Colombia
dc.identifier.issn0120-3576
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11445/2165
dc.description"Con anterioridad a la Constitución Política de1991, el país no contaba con un régimen de regalías. El tratamiento que se daba a las regalías era puramente coyuntural, basado en un régimen que variaba de acuerdo con la legislación y dependiendo del tipo de recurso natural. La Constitución de 1991, reiterando una norma de la Constitución de 1886, dispuso en el artículo 332 que "El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes". En la Constitución de 1991 se estableció entonces la diferencia entre regalía, compensación y participación en las mismas. Igualmente, se ordenó explícitamente en el artículo 360 que se determinaran las condiciones para la explotación de los recursos naturales no renovables, así como los derechos de las entidades territoriales sobre los mismos. Adicionalmente, se estableció que la explotación de un recurso natural no renovable causaría a favor del Estado, una contraprestación económica a título de regalía, sin prejuicio de cualquier otro derecho o compensación que se pactara. El artículo 361 de la Constitución estableció que con los ingresos provenientes de las regalías que no fueran asignados a los departamentos y municipios se crearía un Fondo Nacional de Regalías cuyos recursos se destinarían a las entidades territoriales en los términos que señalaría la Ley. La Constitución de 1991 no dispuso nada con respecto al uso de los recursos provenientes de participaciones en los ingresos fiscales generados por la actividad minera en favor de las entidades territoriales, excepto los recursos del Fondo Nacional de Regalías. "
dc.subjectCoyuntura Económica
dc.subjectAnálisis Coyuntural
dc.subjectIndicadores Económicos
dc.subjectRegalías
dc.subjectFondo Nacional de Regalías
dc.subjectLey de Regalías
dc.subjectLey 141 de 1994
dc.subjectPetróleo
dc.subjectProducción de Petróleo
dc.subjectHidrocarburos
dc.subjectFinanzas Departamentales
dc.subjectProyecciones Económicas
dc.subjectCrecimiento Económico
dc.subjectComisión Nacional de Regalías
dc.subjectEconomía
dc.subjectComercio Exterior
dc.subjectInflación
dc.subjectTipo de Cambio
dc.titleAnálisis Coyuntural
dc.description.jelO40
dc.description.jelL71
dc.description.jelF43
dc.description.jelP45
dc.description.jelO24


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  • Coyuntura Económica: Investigación Económica y Social [1113]
    La revista Coyuntura Económica: Investigación Económica y Social de Fedesarrollo es una publicación anual que tiene como propósito publicar artículos de alta calidad técnica cuyos temas centrales comprendan el análisis teórico y empírico en las áreas económicas, incluyendo análisis económico de temas sociales.

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