Licencias no reembolsables para importaciones
Share this
Date
1985-04Author
Fernández, JavierCitation
Coyuntura Económica. Vol. XV, No. 1, Abril de 1985, pp. 175-180. Fedesarrollo, Bogotá - ColombiaISSN
0120-3576Metadata
Show full item record
Documentos PDF
Abstract
"En Colombia el estatuto cambiario contempla la posibilidad de que el INCOMEX otorgue licencias no reembolsables para las importaciones de bienes que constituyan inversión extranjera directa, para las efectuadas bajo ciertas condiciones por compañías petroleras y mineras, por diplomáticos, o por el sector público con base en créditos externos, y en algunos otros casos especificados en el artículo 82 del Decreto 444/67. En los últimos meses han aparecido varios artículos periodísticos donde se promueve la ampliación del sistema de licencias no reembolsables para facilitar la importación de materias primas y bienes de capital por encima del cupo de importaciones que se ha fijado para las licencias reembolsables. Aunque pueden existir variantes sobre el procedimiento, la propuesta más radical parece consistir en que el INCOMEX haga la vista gorda sobre el origen de los dólares con los que serán pagadas las importaciones efectuadas con esas licencias. El argumento principal es que la ampliación del sistema de licencias no reembolsables permitiría suavizar la restricción al crecimiento y al empleo impuesta por la necesidad de racionar las divisas vendidas por el Banco de la República, pero a menudo se presenta reforzado con la sugerencia de que el sistema podría estimular la repatriación de capitales fugados y tendría un efecto fiscal positivo. En la sección II de estas notas se efectúa una discusión general del problema con base en la formación de un modelo simple de la operación de los mercados para el dólar oficial y el dólar negro, cuya presentación y tratamiento matemático se consigna en el Apéndice. En la sección III se presenta un resumen de estas notas, y se hacen algunos comentarios pertinentes."
Palabras clave
Coyuntura Económica
Comentarios
Licencias
Importaciones
JEL
F10
J44
F13
O24